Mallorca DJs
Condiciones de alquiler
Estas condiciones se aplican al alquiler de equipos de Mallorca DJs. Corresponden a las cláusulas de nuestro contrato de alquiler.
Fuerza mayor y circunstancias ajenas al control de las partes
Ninguna de las partes responde por incumplimientos derivados de fuerza mayor o de circunstancias análogas ajenas a su control. Entre ellas se incluyen, entre otras, fenómenos naturales, órdenes de las autoridades, cortes de electricidad, situaciones de seguridad o cierres en el lugar del evento. Si concurre una circunstancia de este tipo, ambas partes quedan liberadas, mientras dure, de las obligaciones afectadas por ella. La falta de prestación motivada por ello no genera derecho a indemnización alguna frente al arrendador; quedan a salvo los derechos que la ley reconoce al arrendatario para suspender su propia prestación y retener el pago, así como sus derechos legales frente a los defectos de la cosa arrendada. En tal caso, las partes procurarán de forma prioritaria acordar una fecha alternativa. Si no llega a concertarse una fecha alternativa, decae el derecho del arrendador a la renta; los pagos ya efectuados se reembolsarán en el plazo de 14 días, y el arrendatario devolverá sin demora los objetos de alquiler ya entregados. De dicho importe el arrendador únicamente podrá deducir aquellos costes de terceros demostrables que ya haya abonado a terceros por encargo y con el consentimiento previo del arrendatario y que no pueda recuperar pese a haber realizado esfuerzos razonables; acreditará su cuantía a requerimiento del arrendatario. Esta cláusula prevalece sobre las disposiciones de cancelación pactadas en este contrato; en esa medida no se devengará importe alguno a tanto alzado por cancelación.
Comunicación de datos para la coordinación del evento
Los datos de contacto y la información relativa al evento solo podrán comunicarse a proveedores de servicios en la medida en que sea necesario para la planificación, el montaje o la ejecución de los servicios contratados.
Responsabilidad
El arrendador responde sin limitación por los daños derivados de la muerte o de lesiones a la integridad física o a la salud, así como por los daños causados por dolo o culpa grave. En caso de culpa leve, el arrendador solo responde por el incumplimiento de una obligación contractual esencial (aquella cuyo cumplimiento hace posible la correcta ejecución de este contrato y en cuya observancia el arrendatario puede confiar legítimamente) y, en tal caso, su responsabilidad queda limitada en su cuantía a los daños previsibles en el momento de la celebración del contrato y propios de este tipo de contrato. Por lo demás, queda excluida la responsabilidad del arrendador. No resultan afectadas la responsabilidad conforme al régimen imperativo de responsabilidad por los daños causados por productos defectuosos (artículos 135 y siguientes del texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2007, TRLGDCU, en su redacción vigente), la responsabilidad derivada de una garantía comercial asumida voluntariamente por el arrendador, ni la responsabilidad por la ocultación dolosa de un defecto (artículo 1102 del Código Civil). Quedan a salvo los derechos legales del arrendatario frente a los defectos de la cosa arrendada; la indemnización de daños y perjuicios por un defecto se rige por lo dispuesto anteriormente. Las limitaciones anteriores se aplican también en favor de los representantes legales del arrendador y de los auxiliares de los que este se sirva para el cumplimiento de sus obligaciones, incluido el técnico que facilite. Frente a consumidores no se aplican las limitaciones para el caso de culpa leve (artículo 86.2 TRLGDCU); en tal caso el arrendador responde conforme a las disposiciones legales.
Objeto del alquiler y alcance
El arrendador cede al arrendatario, en régimen de alquiler, los equipos y la técnica indicados en el contrato bajo "Objetos de alquiler" para su uso en el evento acordado. La cesión se realiza únicamente en la medida allí descrita; los servicios, la técnica adicional o las prórrogas del periodo de alquiler no indicados expresamente no se adeudan y se acuerdan y facturan por separado. El objeto del alquiler sigue siendo propiedad del arrendador. El subarriendo, la cesión a terceros o el traslado a un lugar distinto del lugar del evento acordado solo se permiten con el consentimiento previo del arrendador en forma de texto.
Manejo y personal técnico
Que el arrendador facilite un técnico u operador se desprende del reparto de responsabilidades recogido en el contrato. Si no se facilita ningún técnico, el arrendatario maneja el objeto de alquiler bajo su propia responsabilidad; confirma estar familiarizado con su manejo correcto y responde de los daños causados por un uso indebido. Si se facilita un técnico, su tarea se limita al manejo y la atención del equipo cedido durante el periodo acordado; no debe ninguna prestación artística o musical (ningún set de DJ).
Entrega, montaje/desmontaje o recogida propia
El tipo de provisión se desprende del reparto de responsabilidades. En caso de entrega, la parte allí indicada se encarga del suministro, el montaje y el desmontaje en el momento acordado; el arrendatario facilita a tiempo un acceso libre, condiciones de descarga seguras, una superficie adecuada y conexiones eléctricas debidamente protegidas. En caso de recogida propia, el arrendatario recoge el objeto de alquiler en la fecha acordada y lo devuelve a tiempo en el estado acordado; el transporte, el montaje y el desmontaje son entonces responsabilidad exclusiva del arrendatario. La transmisión del riesgo y el deber de custodia comienzan con la entrega o la recogida y finalizan con la recepción completa por el arrendador.
Estado en la entrega y la devolución
El objeto de alquiler se entrega en perfecto estado, utilizable y funcional. Los defectos evidentes deben comunicarse en forma de texto —basta, por ejemplo, un correo electrónico— en el momento de la entrega y, como muy tarde, dentro de las 24 horas siguientes; el arrendador advierte al arrendatario de este plazo de forma expresa y separada en el momento de la entrega. Si el arrendatario omite dicha comunicación pese a esa advertencia, el arrendador podrá reclamar el mayor coste que le ocasione la comunicación tardía; los derechos legales del arrendatario frente a los defectos de la cosa arrendada permanecen inalterados. No opera ninguna ficción de ausencia de defectos ni de aceptación del objeto de alquiler como libre de defectos. El arrendatario debe tratar el objeto de alquiler con cuidado, protegerlo de la intemperie, la humedad, la sobrecarga y el acceso no autorizado, y devolverlo en el mismo estado en que lo recibió, salvo las señales normales de uso. Sobre el estado en la entrega y la devolución puede levantarse un acta de entrega que pasa a formar parte del contrato.
Custodia y deber de diligencia del arrendatario
Durante todo el periodo de custodia, el arrendatario debe tratar el objeto de alquiler con cuidado y protegerlo frente a la intemperie, la humedad, la sobrecarga, los daños y el acceso no autorizado. Solo podrá utilizarse conforme a su finalidad y únicamente por personas instruidas; su cesión a terceros requiere el consentimiento previo del arrendador en forma de texto. Las partes consideran gravemente negligente, en particular: exponer el objeto de alquiler a la intemperie sin protección — por ejemplo dejar el equipo a la lluvia al aire libre o transportarlo sin cubrir —, dejarlo sin vigilancia en lugares de libre acceso, utilizarlo por encima del límite de carga indicado o seguir usándolo pese a una avería reconocible. La responsabilidad del arrendatario se rige por las disposiciones legales; los ejemplos anteriores describen qué conductas consideran las partes de común acuerdo como gravemente negligentes y no impiden acreditar un grado de culpa distinto en el caso concreto.
Fianza, daños y pérdida
El arrendador puede exigir una fianza, que se devuelve sin demora, a más tardar en un plazo de 14 días, tras una devolución sin defectos y en plazo. Por el deterioro, la pérdida o la destrucción del objeto de alquiler durante el periodo de custodia, el arrendatario responde conforme a las disposiciones legales; el arrendador puede facturar el coste de la reparación o, en caso de pérdida total, el valor actual, y compensarlo con la fianza. Si el daño supera la fianza, la reclamación adicional no se ve afectada. Al arrendatario se le permite expresamente demostrar un daño menor.
Seguro del objeto de alquiler
Salvo que se acuerde otra cosa en el contrato, el objeto de alquiler no está asegurado automáticamente a través del arrendador durante el periodo de alquiler. El arrendatario es responsable de una protección adecuada frente a daños, robo y pérdida durante el tiempo de su custodia y exime al arrendador en caso de siniestro dentro del marco de la responsabilidad legal. Cualquier régimen de seguro distinto requiere acuerdo expreso en forma de texto.
Mora en el pago, devolución tardía y pérdida
La renta vence en el momento acordado; en caso de mora se aplica el régimen legal de la mora del deudor. Si el arrendatario no devuelve el objeto de alquiler una vez finalizado el periodo de alquiler, el arrendador puede exigir, por todo el tiempo en que se prolongue la falta de devolución, una indemnización por el uso equivalente a la parte proporcional de la renta diaria por cada día comenzado; quedan a salvo las reclamaciones de mayor alcance. Al arrendatario se le permite demostrar que el arrendador no ha sufrido daño alguno o que el daño es sustancialmente menor. En caso de pérdida o de no devolución, el arrendador puede exigir, tras fijar un plazo razonable, el valor de mercado del objeto de alquiler en el momento de la pérdida o de la falta de devolución, atendiendo a su antigüedad y estado de conservación, en concepto de indemnización.
Desistimiento y cancelación
Las cancelaciones deben realizarse en forma de texto (basta, por ejemplo, un correo electrónico) e identificar claramente al arrendatario. En caso de cancelación dentro de los últimos 14 días antes de la fecha de provisión acordada, se adeuda el 50% de la renta acordada; los costes de terceros y de provisión ya incurridos y demostrables pueden facturarse adicionalmente. Se imputarán a la indemnización a tanto alzado los gastos ahorrados por el arrendador como consecuencia de la cancelación (en particular gastos de transporte, personal y puesta a disposición), así como lo que obtenga, o deje de obtener de mala fe, alquilando los objetos a terceros durante el tiempo que ha quedado libre. Al arrendatario se le permite demostrar que no se ha producido ningún daño o un daño sustancialmente menor. Las posibles devoluciones se realizan en un plazo de 14 días. Queda a salvo el derecho legal de desistimiento que corresponda al arrendatario como consumidor (artículos 102 y siguientes del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, Real Decreto Legislativo 1/2007, que transponen los artículos 9 a 16 de la Directiva 2011/83/UE), que prevalece sobre esta cláusula: si el arrendatario desiste del contrato dentro de plazo, las consecuencias se rigen exclusivamente por las disposiciones legales sobre el desistimiento y no se devengará importe alguno a tanto alzado por cancelación.
Aviso al consumidor y derecho de desistimiento
Los objetos de alquiler se ponen a disposición para una fecha o período específicos: la fecha de puesta a disposición acordada y la fecha del evento acordada. Cuando el alquiler constituya un servicio relacionado con una actividad de esparcimiento (por ejemplo, la dotación técnica de una celebración privada), el consumidor no dispone de derecho legal de desistimiento conforme al artículo 103, letra l), del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (Real Decreto Legislativo 1/2007, TRLGDCU), que transpone el artículo 16, letra l), de la Directiva 2011/83/UE, aun cuando el contrato se haya celebrado a distancia o fuera del establecimiento mercantil. Si dicha excepción no resultara aplicable en el caso concreto y el contrato se hubiera celebrado con un consumidor a distancia o fuera del establecimiento mercantil, subsistirá el derecho legal de desistimiento; el presente aviso no lo excluye. Quedan en todo caso a salvo los derechos legales de resolución y de terminación del contrato que correspondan al arrendatario. La cláusula de cancelación de este contrato se limita a determinar qué renta o qué indemnización de daños y perjuicios a tanto alzado se adeuda en los demás casos. En tal caso se aplica la siguiente información sobre el derecho de desistimiento. Derecho de desistimiento: Tiene usted derecho a desistir del presente contrato en un plazo de catorce días naturales sin necesidad de justificación. El plazo de desistimiento expirará a los catorce días naturales del día de la celebración del contrato. Para ejercer el derecho de desistimiento, deberá usted notificarnos (Robin Kolb (Mallorca DJs), Carrer de S’Illot 13, 07400 Alcúdia, teléfono +34 657 847 794, correo electrónico info@mallorca-djs.com) su decisión de desistir del contrato a través de una declaración inequívoca (por ejemplo, una carta enviada por correo postal o correo electrónico). Podrá utilizar el modelo de formulario de desistimiento que figura a continuación, aunque su uso no es obligatorio. También puede ejercer su derecho de desistimiento en línea en la dirección de internet indicada en la confirmación del contrato. Si utiliza esta función en línea, le enviaremos sin demora indebida un acuse de recibo del desistimiento en un soporte duradero (por ejemplo, por correo electrónico), que incluirá su contenido y la fecha y hora de presentación. Para cumplir el plazo de desistimiento, basta con que la comunicación relativa al ejercicio por su parte de este derecho sea enviada antes de que venza el plazo correspondiente. Consecuencias del desistimiento: En caso de desistimiento por su parte, le devolveremos todos los pagos recibidos de usted, incluidos los gastos de entrega (con la excepción de los gastos adicionales resultantes de la elección por su parte de una modalidad de entrega diferente a la modalidad menos costosa de entrega ordinaria que ofrezcamos) sin ninguna demora indebida y, en todo caso, a más tardar 14 días naturales a partir de la fecha en la que se nos informe de su decisión de desistir del presente contrato. Procederemos a efectuar dicho reembolso utilizando el mismo medio de pago empleado por usted para la transacción inicial, a no ser que haya usted dispuesto expresamente lo contrario; en todo caso, no incurrirá en ningún gasto como consecuencia del reembolso. Si ya ha recibido los objetos de alquiler, deberá usted devolvérnoslos o entregárnoslos directamente, sin ninguna demora indebida y, en cualquier caso, a más tardar en el plazo de 14 días naturales a partir de la fecha en que nos comunique su decisión de desistimiento del contrato. Nos haremos cargo de los costes de devolución. Si usted ha solicitado que la prestación de servicios dé comienzo durante el período de desistimiento, nos abonará un importe proporcional a la parte ya prestada del servicio en el momento en que nos haya comunicado su desistimiento, en relación con el objeto total del contrato. Modelo de formulario de desistimiento (sólo debe cumplimentar y enviar el presente formulario si desea desistir del contrato) – A la atención de Robin Kolb (Mallorca DJs), Carrer de S’Illot 13, 07400 Alcúdia, teléfono +34 657 847 794, correo electrónico info@mallorca-djs.com: – Por la presente le comunico/comunicamos (*) que desisto de mi/desistimos de nuestro (*) contrato de alquiler de los siguientes objetos (*)/prestación del siguiente servicio (*) – Pedido el (*) – Nombre del consumidor y usuario o de los consumidores y usuarios – Domicilio del consumidor y usuario o de los consumidores y usuarios – Firma del consumidor y usuario o de los consumidores y usuarios (solo si el presente formulario se presenta en papel) – Fecha (*) Táchese lo que no proceda.
Disposiciones finales
Las modificaciones y adiciones a este contrato se harán preferentemente en forma de texto, a efectos probatorios; basta, por ejemplo, un correo electrónico, sin que se exija firma manuscrita. Los acuerdos individuales prevalecen en todo caso sobre las condiciones generales y son válidos aunque se hayan pactado verbalmente. Si alguna disposición fuera nula o ineficaz, la validez de las restantes no se verá afectada. Se aplica la ley del domicilio del arrendador. Si el arrendatario es consumidor con residencia habitual en otro Estado, conserva además, cuando resulte aplicable el artículo 6 del Reglamento (CE) n.º 593/2008, Roma I, la protección que le otorgan las disposiciones imperativas de la ley de su Estado de residencia (artículo 6, apartado 2, segunda frase).
DE VUESTRA IDEA A LA PISTA
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